Nuevo reglamento de seguridad en aeropuertos europeos

La Unión Europea ha hecho pública, tras un incomprensible secretismo (¿de qué valen las normas si no se conocen?) una nueva normativa sobre seguridad en aeropuertos en la que se frenan algunas de las medidas más impopulares e ilógicas del anterior reglamento.

Y es que parecía necesario modificar algunas cuestiones, como el hecho de tener que quitarse zapatos o cinturones que no pitan al pasar por el arco de seguridad, o el no poder llevar un biberón preparado para un bebé.

Casi todas las prohibiciones se mantienen, incluso algunas excepciones se recortan, pero ante el abuso o la arbitrariedad de un vigilante, ahora los ciudadanos podrán reclamar o acudir ante un juez basándose en el nuevo texto legal.

En cuanto a los controles de seguridad, de momento las autoridades españolas no variarán el protocolo, pero leemos que "Se recomienda a los pasajeros que se quiten los cinturones para pasar por los arcos detectores de metales" y que "el personal de seguridad puede solicitar a los pasajeros que se descalcen para inspeccionar su calzado".

Pero no nos pueden obligar a quitarnos los zapatos o el cinturón, a menos que pite en el detector de metales, algo que me parece de lógica.

Se mantienen los registros por separado de ordenadores y de abrigos y chaquetas, pero se elimina en cambio cualquier referencia a la inspección de sillas de ruedas y sillitas infantiles.

Respecto al equipaje de mano, el listado es de 66 objetos que no se pueden llevar, desde pistolas de juguete a encendedores con forma de arma de fuego. Los deportistas no podrán subir palos de golf, de esquí o la caña de pescar (aunque, por ejemplo, sí raquetas).

Los líquidos cuentan con una norma específica para su transporte. La nueva norma también permite aumentar la cantidad de líquidos, en caso de alimentos infantiles o productos para dietas especiales. La cantidad de líquido en dichos casos será la suficiente para cubrir las necesidades de todo el viaje (vuelo de ida, estancia y vuelo de vuelta).

En Aena tenemos un apartado especial para el transporte de líquidos con todas las especificaciones.

El reglamento prevé eximir de todas las prohibiciones a los pasajeros que pidan permiso con antelación a la autoridad competente, siempre que ésta haya dado "su conformidad" y el comandante haya "sido informado acerca del pasajero y del artículo o artículos prohibidos que transporta".

En fin, como siempre en estas cuestiones quedan vacíos difícilmente resolubles y algunas medidas difíciles de comprender. Hasta la próxima modificación.

Vía | 20 minutos Más información | Reglamento de la Comisión (pdf.) Más información | Aena Más información | El Periódico En Diario del viajero | Nueva normativa europea de seguridad en aeropuertos En Diario del viajero | Nosinzapatos, una web contra los abusos de seguridad en aeropuertos

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